SANTO DOMINGO.- La RepĆŗblica Dominicana carece de una ley especial que trate el tema de mediación de conflictos, por lo que se hace necesario avanzar con el referido tema, como lo han hecho muchos paĆses de la región.
AsĆ lo afirmaron Celeste Intriago FernĆ”ndez, coordinadora de proyectos del Instituto de Estudios para la Paz y Cooperación, y Alexis Rafael PeƱa, director del Centro de Mediación Familiar del Poder Judicial, quienes consideraron como un desafio la elaboración e implementación de una Ley de Mediación Familiar en el paĆs.
Alexis Rafael PeƱa aclaró que en el paĆs solo existen dos resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia, una que declara como polĆtica pĆŗblica los mĆ©todos alternos de solución pacĆfica de conflictos y la otra que es la que crea el Centro de Mediación Familiar.
“Esas dos resoluciones, que son jurisprudencia, en el sentido de que son resoluciones emitidas por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, pero hasta ahora, no se ha planteado la elaboración de una Ley, pero serĆa bien importante ya que hay otros paĆses latinoamericanos que tienen leyes de mediación, en este caso Argentina, Chile, PanamĆ”, Uruguay, Paraguay, o sea, hay varios paĆses de la región que tienen legislación en ese sentido”, precisó.
Indicó que el Código Procesal Penal de la RepĆŗblica Dominicana, en sus artĆculos 37 y siguientes, contempla la conciliación y la mediación como forma de resolver conflictos.
“SerĆa interesante y necesario la elaboración de una ley de mediación, porque es una forma de regular algo que se estĆ” haciendo por mĆ”s de seis aƱos en la RepĆŗblica Dominicana”, dijo.
La Ley de Mediación Familiar regirĆa los casos en que se pueda aplicar la mediación, procedimientos de solicitud, quien puede ser mediador y quien no lo es, entre otros puntos.
Intrago considera que en el paĆs falta mucho por avanzar en tĆ©rminos de mediación.
El mediador
De acuerdo a Celeste Intriago FernƔndez, un mediador debe ser una persona que este formada para esos fines.
“Porque la mediación no es informal es un proceso muy estructurado que tiene unas fases, y el mediador tiene que desarrollar una serie de habilidades para poder ser mediador. Es un profesional del conflicto, cualquier persona no puede ser mediador. En las leyes que yo conozco se le exige una formación previa, que suele ser una licenciatura en derecho, trabajo social, y psicologĆa”, explicó.
Casos resueltos satisfactoriamente
El Centro de Mediación Familiar del Poder Judicial recibe mensualmente cerca de 140 solicitudes de mediación de conflictos en el Ômbito familiar y comunitario, y de esa cifra un 63 por ciento llega a un acuerdo satisfactorio cuando se trata de conflicto familiar, en tanto que en términos comunitarios que el porcentaje es mayor.
Celeste Intrago FernĆ”ndez y Alexis Rafael PeƱa ofrecieron sus declaraciones durante una visita realizada el periódico El DĆa donde anunciaron la celebreción del Primer Seminario Internacional de Mediación en RepĆŗblica Dominicana, el cual serĆ” desarrollado los dĆas 27 y 28 de este mes en el auditorio de la Suprema Corte de Justicia, y que contarĆ” con la participación del experto en investigación sobre la paz y los conflictos sociales, Johan Galtung.
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