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Expertos abogan por Ley de Mediación de Conflictos


Escrito por: Johanna GarcĆ­a

SANTO DOMINGO.- La República Dominicana carece de una ley especial que trate el tema de mediación de conflictos, por lo que se hace necesario avanzar con el referido tema, como lo han hecho muchos países de la región.

Así lo afirmaron Celeste Intriago FernÔndez, coordinadora de proyectos del Instituto de Estudios para la Paz y Cooperación, y Alexis Rafael Peña, director del Centro de Mediación Familiar del Poder Judicial, quienes consideraron como un desafio la elaboración e implementación de una Ley de Mediación Familiar en el país.

Alexis Rafael Peña aclaró que en el país solo existen dos resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia, una que declara como política pública los métodos alternos de solución pacífica de conflictos y la otra que es la que crea el Centro de Mediación Familiar.

“Esas dos resoluciones, que son jurisprudencia, en el sentido de que son resoluciones emitidas por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, pero hasta ahora, no se ha planteado la elaboración de una Ley, pero serĆ­a bien importante ya que hay otros paĆ­ses latinoamericanos que tienen leyes de mediación, en este caso Argentina, Chile, PanamĆ”, Uruguay, Paraguay, o sea, hay varios paĆ­ses de la región que tienen legislación en ese sentido”, precisó.

Indicó que el Código Procesal Penal de la República Dominicana, en sus artículos 37 y siguientes, contempla la conciliación y la mediación como forma de resolver conflictos.

“SerĆ­a interesante y necesario la elaboración de una ley de mediación, porque es una forma de regular algo que se estĆ” haciendo por mĆ”s de seis aƱos en la RepĆŗblica Dominicana”, dijo.

La Ley de Mediación Familiar regiría los casos en que se pueda aplicar la mediación, procedimientos de solicitud, quien puede ser mediador y quien no lo es, entre otros puntos.

Intrago considera que en el país falta mucho por avanzar en términos de mediación.

El mediador

De acuerdo a Celeste Intriago FernƔndez, un mediador debe ser una persona que este formada para esos fines.

“Porque la mediación no es informal es un proceso muy estructurado que tiene unas fases, y el mediador tiene que desarrollar una serie de habilidades para poder ser mediador. Es un profesional del conflicto, cualquier persona no puede ser mediador. En las leyes que yo conozco se le exige una formación previa, que suele ser una licenciatura en derecho, trabajo social, y psicologĆ­a”, explicó.

Casos resueltos satisfactoriamente

El Centro de Mediación Familiar del Poder Judicial recibe mensualmente cerca de 140 solicitudes de mediación de conflictos en el Ômbito familiar y comunitario, y de esa cifra un 63 por ciento llega a un acuerdo satisfactorio cuando se trata de conflicto familiar, en tanto que en términos comunitarios que el porcentaje es mayor.

Celeste Intrago FernÔndez y Alexis Rafael Peña ofrecieron sus declaraciones durante una visita realizada el periódico El Día donde anunciaron la celebreción del Primer Seminario Internacional de Mediación en República Dominicana, el cual serÔ desarrollado los días 27 y 28 de este mes en el auditorio de la Suprema Corte de Justicia, y que contarÔ con la participación del experto en investigación sobre la paz y los conflictos sociales, Johan Galtung.

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