La portavoz de esa oficina, Ravina Shamdasani, dijo que los hijos de migrantes haitianos indocumentados que se asentaron en el país desde 1929, y que fueron registrados como dominicanos no pueden tener la nacionalidad dominicana, porque sus padres se encontraban “de tránsito”.
“Hasta 2010
La portavoz añadió que la decisión del Tribunal, que es inapelable, da a
Señaló que la sentencia puede dejar a esas personas en un limbo constitucional y sin acceso a servicios básicos, para los que se requieren documentos de identidad.
La Oficina urgió al gobierno dominicano a adoptar todas las medidas necesarias que garanticen que los dominicanos de origen haitiano no sean privados de su derecho a la ciudadanía, en consonancia con las obligaciones del país con los tratados internacionales sobre derechos humanos.
fuente: http://www.un.org
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