El informe no deja dudas sobre la contundencia del rechazo al genocidio
civil, y sus repercusiones internacionales obligan a la búsqueda de una
solución que proteja los derechos vulnerados y no extienda el sufrimiento de
las víctimas, y que impida un mayor descrédito de la imagen del país.
Juan
Bolivar Díaz
Las recomendaciones al Estado dominicano se sintetizan en la
necesidad de “adoptar medidas urgentes que garanticen el pleno goce de
los derechos humanos de las personas que han sido privadas de su nacionalidad”,
incentivando un clima de armonía, respeto a la diversidad, participación y
concertación.
Firmes conclusiones
El informe preliminar de la visita de la CIDH al país concluida el
viernes es preciso y contundente en los múltiples aspectos que aborda, en
especial frente al conflicto de la desnacionalización: “La Comisión estima que la Sentencia del Tribunal
Constitucional conlleva a una privación arbitraria de la nacionalidad. La Sentencia tiene un
efecto discriminatorio, dado que impacta principalmente a personas dominicanas
de ascendencia haitiana, quienes son personas afrodescendientes; priva de la
nacionalidad retroactivamente; y genera apatridia respecto de aquellas personas
que no son consideradas como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su
legislación”.
Sostiene que con una nueva interpretación del
concepto extranjeros en tránsito el TC priva retroactivamente de su derecho a
la nacionalidad dominicana a decenas de miles de personas que durante toda su
vida habían sido consideradas dominicanas, muchas de las cuales fueron
registradas por las autoridades competentes como nacionales dominicanos al
nacer y a lo largo de su vida se les otorgaron otros documentos de identidad,
tales como cédulas, carnets electorales y pasaportes”.
Los comisionados dicen que al visitar bateyes contactaron las
condiciones de pobreza, exclusión y discriminación en que viven sus habitantes
y que “afecta desproporcionadamente a los dominicanos y dominicanas de
ascendencia haitiana, y esto guarda relación con los obstáculos que enfrentan
en el acceso a sus documentos de identidad”. También sostienen que la sentencia
del TC afecta a “personas ya sujetas a múltiples formas de discriminación, en
particular con base en la raza y la pobreza”.
Las recomendaciones
“Debido a la gravedad de las vulneraciones de
derechos”, la Comisión
destaca que es indispensable adoptar medidas urgentes que garanticen el pleno
goce de los derechos humanos de las personas que han sido privadas de su
nacionalidad, hasta tanto se implemente una solución de largo plazo que ponga
fin a estas situaciones”. Consigna cuatro recomendaciones específicas:
1) Debe garantizar el derecho a la nacionalidad
de las personas que ya tenían este derecho bajo el régimen interno vigente
entre 1929 y 2010.
2) No se puede exigir que las personas con derecho a la
nacionalidad, como aquéllas desnacionalizadas bajo la sentencia 168-13, se
registren como extranjeros como requisito para el reconocimiento de sus
derechos.
3) Las medidas para garantizar el derecho a la nacionalidad
de las personas perjudicadas por la Sentencia 168-13 deben ser generales y
automáticas. Dichos mecanismos deben ser sencillos, claros, rápidos y justos.
No pueden ser discrecionales o implementados en forma discriminatoria.
4) Los mecanismos deben ser accesibles en términos
económicos.
Finalmente, a los efectos de lograr un resultado eficaz,
sería importante crear un espacio de consulta y participación de la sociedad
civil y representantes de las poblaciones afectadas por la sentencia.
Los testimonios recogidos por los
comisionados impactaron por su número como por las situaciones dramáticas que
presentaban. En cuatro días recibieron 3 mil 994 denuncias, más del doble del
promedio originado por año en los 35 estados americanos. Citan testimonios de
afectados que afirmaron: “Yo en estos momentos ando viviendo una muerte civil.
Ando en la calle pero no existo”. Otro: “A mi hija menor no la quieren
registrar; le niegan el registro porque dicen que su abuela es haitiana. Es
como si no existiera. Está apátrida. No es de aquí ni de allá”. Uno
más:“Yo nací bajo la bandera dominicana y no conozco ninguna otra bandera”.
Al comienzo de su informe preliminar, tras detallar todas las
reuniones y diligencias que realizó en el país, la CIDH precisa de donde obtiene
su legitimidad para proteger los derechos humanos, lo cual fue enfatizado en la
rueda de prensa que siguió a la presentación del mismo el viernes: “República
Dominicana forma parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos por
decisiones soberanas adoptadas por el Estado desde 1948, cuando participó en la
adopción de la
Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre. En
1959, República Dominicana participó de la creación de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, y ratificó la Convención Americana
sobre Derechos Humanos el 19 de abril de 1978.” .
Recuerda que “La Comisión Interamericana
ha realizado siete visitas in loco a República Dominicana: en 1961, 1963, 1965,
1965 a
1966, 1991, 1997 y 2013. Asimismo, la
CIDH ha procesado peticiones y solicitudes de medidas
cautelares de República Dominicana. La Corte Interamericana
de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió sentencias en el caso Nadege Dorzema y
otros (Masacre de Guayubín) y en Dilcia Yean y Violeta Bosico. La Comisión también ha
enviado a la Corte
el caso Benito Tide Méndez y otros, que se encuentra pendiente de sentencia.”
La reunión con el Presidente
La comisión expresó su satisfacción por las
atenciones y facilidades recibidas del gobierno para el cumplimiento de su
misión y en especial por el diálogo franco que sostuvo con el presidente Danilo
Medina, en quien reconocieron sensibilidad y disposición a dialogar en pos de
soluciones al conflicto. Precisa que “Autoridades del Poder Ejecutivo y del
Poder Legislativo expresaron a la Comisión Interamericana
que reconocen la existencia de un problema respecto del ejercicio del derecho a
la nacionalidad por parte de personas de ascendencia haitiana y conscientes de
la necesidad de encontrar una solución”.
Expusieron al mandatario su “espíritu de colaborar en la
búsqueda de una solución respetuosa de los derechos humanos”, rechazando que
pueda encontrarse en el registro como inmigrantes de los nacidos en el país
entre 1929 y la nueva Constitución del 2010. Su posición quedó expresada en las
cuatro recomendaciones antes citadas.
Desafío a la concertración
El informe no deja dudas sobre la
contundencia del rechazo al genocidio civil, y sus repercusiones
internacionales obligan a la búsqueda de una solución que proteja los derechos
vulnerados y no extienda el sufrimiento de las víctimas, y que impida un mayor
descrédito de la imagen del país. El escándalo creado sigue ganando atención de
instituciones, personalidades y medios de comunicación de todo el mundo. El
último en abordarlo fue The Economic, bajo el titulo de “Tormenta en La Hispaniola ”.
El desafío es fuerte para el presidente Medina y el
presidente del partido gobernante, Leonel Fernández, que han reconocido las
graves implicaciones humanas derivadas de la sentencia, y también han
cuestionado la legitimidad de su efecto retroactivo. Ambos están conscientes de
las implicaciones internacionales y de la necesidad de evitar que el caso
llegue a la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión visitante
advirtió que tiene un número de querellas presentadas por los primeros
afectados pueden llegar a la
Corte.
Más allá del discurso nacionalista y soberanista que ha
contaminado hasta a los presidentes de las cámaras legislativas, el gobierno y
el liderazgo de su partido tienen el desafío de buscar solución que reivindique
los derechos humanos vulnerados. El pasado viernes expresidente Fernández se
reunió con los diputados de su partido. Tras una hora y media, no alcanzaron
consenso pero barajaron diversas opciones legislativas.
Durante un encuentro efectuado el jueves en la Universidad Autónoma ,
el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas, al que asistieron
más de 2 mil personas, propuso a las autoridades y el liderazgo nacional “Un
pacto que permita dar una solución dominicana, definitiva y respetuosa de los
derechos humanos y la institucionalidad democrática”, a partir del numeral 2
del artículo 18 de la
Constitución proclamada en el 2010 que reconoce la ciudadanía
a “quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia
de esta Constitución”.-
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