Por: EDDY OLIVARES ORTEGA
En la ConstituciĆ³n de Balaguer de 1966, debido a que no contemplaba la existencia de diputados nacionales ni del exterior, todos los diputados eran de la RepĆŗblica.
Aquella clĆ”sica y conservadora Carta Magna, que sin la necesidad de ningĆŗn candado que la protegiera, se mantuvo vigente, casi intacta, durante 44 aƱos, contemplaba en su artĆculo 24 la elecciĆ³n por el pueblo de las provincias y el Distrito Nacional de un diputado por cada cincuenta mil o fracciĆ³n de mĆ”s de veinticinco mil habitantes.
Cuando sus 122 artĆculos fueron sustituidos por los 277de la
Sin medir su consecuencia, los asambleĆstas de la ConstituciĆ³n de Leonel FernĆ”ndez, tambiĆ©n cambiaron el mĆ©todo de distribuciĆ³n de los escaƱos correspondientes al D.N. y las provincias, que contemplaba la de Balaguer, por el de la densidad poblacional.
Tan pronto el Ć³rgano electoral tomĆ³ la decisiĆ³n de aplicar el nuevo mĆ©todo, las Ć©lites partidarias le exigieron retornar al antiguo mĆ©todo, solo que sin reformar la Carta Sustantiva.
Por otro lado, en cuanto a los cinco diputados nacionales, los revisores del 2010 decidieron hacer una reserva de ley para su distribuciĆ³n. No obstante, plasmaron en el numeral dos del artĆculo 81, que los mismos deben asignĆ”rsele preferentemente a partidos, alianzas o coaliciones que habiendo alcanzado no menos de un uno por ciento de los votos vĆ”lidos emitidos no hubiesen obtenido escaƱos.
En ese sentido, el artĆculo 4 de la ley establece para la asignaciĆ³n de los escaƱos de los diputados
Cuando no sea posible asignar todos los escaƱos a partidos con votaciĆ³n de un uno por ciento o mĆ”s y que no obtuvieron representaciĆ³n congresional, entonces se les asignarĆ” a los partidos que obtuvieron mĆ”s del uno por ciento y que lograron representaciĆ³n.
Por ultimo, tenemos los siete diputados que representan la comunidad dominicana en el exterior, los cuales de conformidad con la Ley 136-11, se eligen mediante listas cerradas y bloqueadas, no por el voto preferencial.
Estos escaƱos se distribuyen en tres circunscripciones de la manera siguiente: tres corresponden a la primera que abarca a los Estados Unidos y CanadƔ, dos a la segunda que integran Puerto Rico, Miami, Curazao, PanamƔ, San Martin y Venezuela y dos a la tercera que esta conformada por EspaƱa, Holanda, Italia y Suiza.
Como se ha podido comprobar, la CƔmara de Diputados estƔ compuesta por tres tipos de diputados, cada uno de los cuales se elige y distribuye de una manera diferente.
0 Comentarios