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ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE UNA POLITICA PÚBLICA.

 


Por AGUSTÍN BURGOS BAENA

Se distinguen diversos elementos. a) Solución de un problema público: una política pública pretende resolver un problema social reconocido como público. La definición supone el reconocimiento de un problema (existencia de una situación de insatisfacción social cuya solución corresponde al sector público). Algunos problemas pueden reintegrarse a la esfera privada y/ó desaparecer de la agenda.

b) Existencia de grupos-objetivo en el origen de un problema público: toda política pública busca modificar u orientar la conducta de determinados grupos de población específicos. El modelo de causalidad conduce a la identificación de éstos grupos cuyo comportamiento genera el problema a resolver.

 c) Una coherencia al menos intencional: Las decisiones y las actividades estarán relacionadas entre sí. (La falta de coherencia se pondrá de manifiesto cuando se tomen medidas para disminuir el desempleo, y al mismo tiempo se aumente la cotización del trabajador).

 d) Existencia de diversas decisiones y actividades: la política pública se caracteriza por constituir un conjunto de decisiones y acciones. Una simple declaración de política gubernamental, sin definir a los grupos sociales afectados, ni las medidas a impulsar, no constituye una política pública, aunque ésa declaración pueda contribuir a una nueva política pública. e) Programa de intervenciones: con decisiones concretas. Si se trata de un único programa de intervención, no será “política pública”, sino un “producto” de ella.

f) Papel clave de los actores públicos: sólo podrá considerarse política pública en la medida de que sus actores sean públicos, integrados en el sistema político-administrativo, con la legitimidad necesaria para tomar ésas decisiones. Si no, sólo será política corporativa ó privada.

g) Existencia de actos formales: supone la producción de actos para orientar el comportamiento de los grupos objeto. Es importante referirse tanto a las acciones como a las no-acciones. Estas solo son públicas si van acompañadas de decisiones formales paralelas (p. ej., renuncia a cerrar una empresa que contamine para dar la oportunidad de que tome sus propias medidas ambientales).

h) Naturaleza más ó menos obligatoria de las decisiones y actividades: Tradicionalmente, se daba por sentado el carácter coercitivo de los actores político-administrativos, sin embargo, la diversificación actual de los medios de acción y de intervención administrativa es tal, que ése aspecto coercitivo es más la excepción que la regla. Las formas de acción son tanto incentivadoras como coercitivas, así, muchas intervenciones se llevan a cabo a través de contratos entre el Estado y otros entes ó administraciones, ó entre lo público y lo privado.

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