Mediante el decreto 396-21 el Presidente Luis Abinader dispone un conjunto de medidas administrativas que buscan reducir importantes componentes del gasto gubernamental por parte de todos los entes que conforman el Poder Ejecutivo, y organismos autónomos y descentralizados del Gobierno Central.
Santo Domingo. – Con el fin de seguir enfrentando el severo
impacto que ha tenido la pandemia del COVID-19 en la economía nacional e
internacional, el Decreto presidencial establece considerables reducciones en
gastos relacionados con viajes al exterior, la compra de vehículos de lujo,
remodelaciones de alto costo, agasajos y celebraciones.
La disposición también alcanza las donaciones, obsequios,
uso de instalaciones privadas para la realización de actividades, y hasta el
uso de personal policial o militar asignado a funcionarios públicos, con muy
contadas excepciones establecidas en el propio decreto.
Entre las medidas que destacan está la prohibición de
salidas al exterior de servidores públicos en viajes oficiales que no cuenten
con autorización previa y la consecuente compra de boletos aéreos.
De igual manera quedan prohibidas las compras de vehículos
de motor, excepto aquellos utilitarios que sean imprescindibles para la
adecuada ejecución de las funciones a las que sean asignados y debidamente
autorizadas.
Igualmente solo se autorizarán exoneraciones y exenciones
de vehículos según lo establecen las correspondientes leyes aplicables y se
denegará cualquier solicitud relacionada, que no tenga su base en alguna ley.
En cuanto a los vehículos oficiales, queda prohibido su uso
durante fines de semana y días feriados.
Por otra parte, el decreto 396-21 también busca
racionalizar el uso de parte del recurso humano asignado a instituciones y
funcionarios, para lo cual ordena a los Ministros de Defensa e Interior y
Policía, una profunda revisión del personal policial y militar a disposición de
instituciones públicas y a servidores públicos y otros dignatarios para
reducirlo a la cantidad estrictamente necesaria y eficientizar su distribución.
Igualmente queda prohibido el uso de flanqueadores
motorizados en desplazamientos de los servidores públicos, con claras
excepciones como la del Presidente y Vicepresidenta de la República, Ministros
de Defensa e Interior y Policía, Director General de la Policía Nacional,
Procuradora General de la República, Comandantes generales de los cuerpos
castrenses, Presidente de la DNCD y el Director del DNI.
En el caso específico de la Policía Nacional se ordena la
reducción de personal asignado a instituciones y funcionarios en al menos un
50%, para que el resto sea dedicado a la implementación efectiva de la Estrategia
Nacional Integral de Seguridad Ciudadana “Mi País Seguro”.
La responsabilidad del seguimiento y de velar por el
cumplimiento de este decreto presidencial queda a cargo del Ministerio
Administrativo de la Presidencia y el Ministerio de Administración Pública, en
coordinación con la Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General
de la República.
Dirección de Información y Prensa de la Presidencia
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