Sobre el Consejo Nacional de la Magistratura el partido de Gobierno propone adecuar su funcionamiento retirĆ”ndole la funciĆ³n “evaluar el desempeƱo de los jueces de la Suprema Corte de Justicia”.
SANTO DOMINGO.- El Partido
Revolucionario Moderno (PRM) hizo una propuesta de reforma a la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, que entre otros puntos replantea la
composiciĆ³n del Consejo Nacional de la Magistratura, la unificaciĆ³n de las
elecciones, la eliminaciĆ³n del arrastre electoral y la forma y tiempo
en que se elegirĆ” los integrantes de las Altas Cortes.
La propuesta que fue sometida por el Consultor JurĆdico del
Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, al Consejo EconĆ³mico y Social para ser
discutido, amplia la propuesta que ya previamente habĆa depositado en ese
organismo el presidente Luis Abinader.
Establece que en lo adelante el Procurador
General de la RepĆŗblica, que pasarĆ” a llamarse Fiscal General de la RepĆŗblica,
no formarĆ” parte del Consejo Nacional de la Magistratura.
AdemĆ”s, plantean retirarle la responsabilidad de “la
formulaciĆ³n e implementaciĆ³n de la polĆtica del Estado contra la criminalidad”
y asignarle la responsabilidad de formular e implementar la polĆtica de
persecuciĆ³n contra la criminalidad. Y, establecer una reserva de ley para la
regulaciĆ³n de sus funciones.
TambiĆ©n proponen eliminar el pĆ”rrafo II del artĆculo 169,
donde se establecen las funciones del Ministerio PĆŗblico, que dice que “la ley
regularĆ” el funcionamiento del sistema penitenciario bajo la direcciĆ³n del
Ministerio PĆŗblico u otro organismo que a tal efecto se constituya”.
Sobre el Consejo Nacional de la Magistratura el partido de
Gobierno propone adecuar su funcionamiento retirĆ”ndole la funciĆ³n “evaluar
el desempeƱo de los jueces de la Suprema Corte de Justicia” y atribuirle la
funciĆ³n de remover de su cargo a cualquier persona cuya designaciĆ³n sea de su
competencia, en caso de comisiĆ³n de faltas graves en el ejercicio de sus
funciones.
AdemƔs, habilitar la posibilidad de atribuirle mediante ley
funciones adicionales y establecer que sesionarƔ ordinariamente cada tres aƱos
para cumplir sus funciones y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,
tras la convocatoria del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura
o, en su defecto, del conjunto de los representantes del Poder
Legislativo ante este.
Otra de las propuestas es que los jueces del Tribunal
Constitucional, la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Superior Electoral
sean electos por el CNM por un Ćŗnico perĆodo de nueve aƱos, y solo podrĆ”n ser
reelegidos los jueces que en calidad de reemplazantes hayan ocupado el cargo
por un perĆodo menor de cinco aƱos; la composiciĆ³n de estas cortes se renovarĆ”
de manera gradual cada tres aƱos.
El presidente de cada una de estas cortes serĆ”
electo, de entre los jueces que permanezcan en cada corte , por un Ćŗnico
perĆodo de tres aƱos.
Entre los requisitos para ser parte de alguno de estas
cortes estĆ”n que durante los cinco aƱos previos a su designaciĆ³n, la persona no
haya estado inscrita en un partido polĆtico ni haya realizado actividades de
proselitismo polĆtico de manera notoria, reconocida y constante, sin detrimento
de los demƔs requisitos que fije la ley.
Estos mismos requisitos propone sean aplicados
para la elecciĆ³n de los miembros de la CĆ”mara de Cuentas.
Fuente: https://noticiassin.com/
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