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Los gastos personales no podrán ser reportados en comprobantes fiscales


Fuente: El Nacional
SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) prohibió que los gastos personales efectuados en establecimientos de diversión o de juegos puedan ser usados como deducciones del impuesto sobre la Renta.

La prohibición está contenida en la norma general General 5-10 emitida este miércoles por la DGII.


Indica que no podrán emitirse comprobantes válidos para fines fiscales cuando se trate de gastos efectuados en establecimientos de juegos de azar y apuesta, en casinos o bancas deportivas, o cualquier otro establecimiento que realice este tipo de actividad.

Tampoco los correspondientes a adquisiciones de bebidas en liquor store y los realizados en establecimientos de diversiones, esparcimientos, entretenimiento y disfrute personal tales como parques, teatros, cines y discotecas.

También están incluídos en la prohibición las adquisiciones de joyas, alhajas o prendas preciosas de carácter personal vendidas en joyerías o en cualquier lugar o entidad.

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