Santo Domingo, 28 ene
(EFE).- Las diputadas Minou Tavárez Mirabal y Guadalupe Valdez pidieron hoy
fortalecer la institucionalidad legislativa, a raíz del tratamiento dado en el
Congreso Nacional a observaciones hechas por el Poder Ejecutivo a algunas
leyes.
En una carta dirigida a
los presidentes de la Cámara
de Diputados y del Senado, Abel Martínez Duran y Cristina Lizardo,
respectivamente, las legisladores expresaron sus consideraciones sobre el
tratamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo en las cámaras
legislativas.
A través de un
comunicado, Tavárez Mirabal y Valdez, quienes fueron recibidas por Lizardo,
señalaron que la observación presidencial plantea “múltiples aristas” a los
legisladores que forman parte del sistema bicameral.
En este sentido,
recordaron los casos suscitados en la discusión de las observaciones referentes
a las leyes de Reforma Arancelaria y de Reforma Tributaria, así como en las
modificaciones sugeridas al Código Procesal Penal de la República Dominicana
por el Poder Ejecutivo.
Ambas legisladoras
recordaron que el artículo 103 de la Constitución indica el plazo que debe conocerse
para proceder institucionalmente con las observaciones del Poder Ejecutivo.
Abogaron por la
necesidad “de definir, por decisión de los plenos de las respectivas cámaras
como máximos órganos deliberativos y decisorios facultados para hacerlo, los
procesos y procedimientos legislativos administrativos a lo interno de las
cámaras derivados de esta disposición, los cuales no fueron debidamente
clarificados en el reglamento interno de la Cámara de Diputados, ni en el del Senado, y
tampoco cuentan con referentes consuetudinarios por tratarse de situaciones que
han aflorado a partir de una disposición constitucional nueva.
Las diputados, quienes
conforman el Bloque Parlamentario por la Democracia y la Institucional ,
solicitaron que “en lo inmediato se promueva un acercamiento de ambas cámaras
para que, a través de los procedimientos constitucional y reglamentariamente
existentes, se analicen estas situaciones procedimentales nuevas y no definidas
en los reglamentos internos, y se plantee a los plenos de las cámaras las
normativas para su tratamiento, que son las únicas instancias facultadas para
votar la reglamentación de su servicio interior de conformidad al artículo 90,
numeral 3 de la
Constitución.”EFE
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