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Proponen proyecto que permitiría cambio de nombre, imagen y género en la cédula de identidad


·         El cambio se realizaría además por vía administrativa sin la necesidad de que se emita un decreto presidencial

Diario Libre/ Pedro Bazil/ Archivo

Luis Perdomo

En la Comisión Permanente de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados se encuentra un proyecto de Ley General de Igualdad y No Discriminación que le reconocería a cualquier persona el derecho a disponer de la identidad de género de su elección, permitiéndole cambiar su nombre, género e imagen en documentos públicos.

Dichos cambios podrían realizarse, además, por vía administrativa sin necesidad de autorización judicial.

La pieza legislativa, cuyo objetivo es prevenir y eliminar la discriminación de acuerdo al derecho a la igualdad establecido por el artículo 39 de la Constitución dominicana, también castigaría la discriminación contra las personas pertenecientes al colectivo LGBTIQ.

Protegería de la violencia física o psicológica, acciones de burla, intimidación, acoso, promoción de discursos de odio, el impedimento de acceso a cualquier establecimiento público o privado y otras acciones motivadas por la preferencia sexual y la identidad de género.

El proyecto, presentado en septiembre de 2020, es estudiado actualmente por la Comisión Permanente de Derechos Humanos, pero aun espera ser visto públicamente por los legisladores, dijo la coordinadora del comité gestor, Rosalba Crisóstomo, en una manifestación realizada el pasado 1 de marzo frente al Congreso Nacional en exigencia de su aprobación.

Crisóstomo señaló que el país no cuenta con un marco de protección contra la discriminación y que, de no ser aprobado el proyecto, el país incumpliría su propio Plan Nacional de Derechos Humanos, que establece la ley.

Otros actos discriminatorios serían la separación de un menor de edad de su familia por motivo de la orientación sexual o identidad de género de cualquiera de sus miembros y la promoción de tratamientos médicos y psicológicos que traten la orientación sexual y la identidad de género no heteronormativa como trastornos de salud.

También se consideraría como discriminación negar las visitas conyugales a quien se halle privado de su libertad porque su pareja sea del mismo sexo y sancionar la actividad sexual consentida entre adultos del mismo sexo.

La ley también busca proteger a niñas, niños y adolescentes, jóvenes en riesgo social, personas discapacitadas, envejecientes, trabajadores sexuales, migrantes, afrodescendientes, personas que usen drogas, personas que viven con VIH/Sida y personas que estén o hayan sido privadas de su libertad.

 

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