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El cambio se realizaría además por vía administrativa sin la necesidad
de que se emita un decreto presidencialDiario Libre/ Pedro Bazil/ Archivo
En la Comisión Permanente de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados se encuentra un proyecto de Ley General de Igualdad y No Discriminación que le reconocería a cualquier persona el derecho a disponer de la identidad de género de su elección, permitiéndole cambiar su nombre, género e imagen en documentos públicos.
Dichos
cambios podrían realizarse, además, por vía administrativa sin necesidad de
autorización judicial.
La
pieza legislativa, cuyo objetivo es prevenir y eliminar la discriminación de
acuerdo al derecho a la igualdad establecido por el artículo 39 de la
Constitución dominicana, también castigaría la discriminación contra las
personas pertenecientes al colectivo LGBTIQ.
Protegería de la violencia
física o psicológica, acciones de burla, intimidación, acoso, promoción de
discursos de odio, el impedimento de acceso a cualquier establecimiento público
o privado y otras acciones motivadas por la preferencia sexual y la identidad
de género.
El proyecto, presentado en
septiembre de 2020, es estudiado actualmente por la Comisión Permanente de
Derechos Humanos, pero aun espera ser visto públicamente por los legisladores,
dijo la coordinadora del comité gestor, Rosalba Crisóstomo, en una manifestación
realizada el pasado 1 de marzo frente al Congreso Nacional en exigencia de su
aprobación.
Crisóstomo
señaló que el país no cuenta con un marco de protección contra la
discriminación y que, de no ser aprobado el proyecto, el país incumpliría su
propio Plan Nacional de Derechos Humanos, que establece la ley.
Otros
actos discriminatorios serían la separación de un menor de edad de su familia
por motivo de la orientación sexual o identidad de género de cualquiera de sus
miembros y la promoción de tratamientos médicos y psicológicos que traten la
orientación sexual y la identidad de género no heteronormativa como trastornos
de salud.
También
se consideraría como discriminación negar las visitas conyugales a quien se
halle privado de su libertad porque su pareja sea del mismo sexo y sancionar la
actividad sexual consentida entre adultos del mismo sexo.
La
ley también busca proteger a niñas, niños y adolescentes, jóvenes en riesgo
social, personas discapacitadas, envejecientes, trabajadores sexuales,
migrantes, afrodescendientes, personas que usen drogas, personas que viven con
VIH/Sida y personas que estén o hayan sido privadas de su libertad.
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